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RIC 2008. Más claridad y menos posibilidades   Junio 2008
 
José Luis Hernández Socorro Curriculo
Economista. Director de Gestiones.com
 
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) es, básicamente, la posibilidad de reinvertir los beneficios de las empresas establecidas en Canarias, sean empresas de personas físicas o bien empresas jurídicas, esto es, sociedades. La RIC permite llevar hasta el 90% del beneficio obtenido por una empresa a reinversión con determinadas restricciones.

La RIC, desde su aparición en Julio de 1.994, ha traído consigo una serie de aspectos positivos y negativos que podemos resumir en los siguientes:

• Ha producido un desarrollo económico muy importante en Canarias, fomentando la expansión y el desarrollo empresarial de Canarias.
• Ha incrementado la creación de puestos de trabajo, por tanto, desde el punto de vista social, ha sido muy positiva.
• Ha incrementado considerablemente la inversión en Canarias hasta cotas jamás alcanzadas.
• Ha encarecido el suelo y las construcciones, pues el empresario, en la mayor parte de los casos, ha invertido sus beneficios en propiedades inmobiliarias.
• Ha incrementado considerablemente la conflictividad con la Administración Tributaria, y en suma, ha generado un permanente conflicto, porque la Ley estaba confusa, y de ella se hacían muchas intrepretaciones.

Por estas razones, se hizo imperiosa la necesidad de hacer un reglamento, esto es, un desarrollo del texto de la Ley para aclarar aspectos polémicos, y por otra parte, para, de alguna manera, eliminar los aspectos negativos que siempre llevó consigo la Ley. Este reglamento o detalle de la Ley fue publicado en enero de 2008. Por tanto, a partir de ahora, se hace necesario tener muy claro dónde se va a invertir, en qué se puede invertir, limitaciones, plazos, etc.

REQUISITOS

• Los beneficios deben de haber sido obtenidos en el territorio de Canarias, es decir, no puede aplicarse a beneficios obtenidos fuera del Archipiélago.
• Los beneficios deben estar afectos a actividades económicas empresariales y profesionales, no pudiéndose emplar con fines privado.
• Deben permanecer en funcionamiento durante cinco años, como mínimo.

NUEVAS CONDICIONES

• Inversiones iniciales o creación de establecimientos. Se considerará que una inversión inicial tiene por objeto la transformación sustancial en el proceso de producción, cuando se produzca la modernización, mejora o rehabilitación de dicho establecimiento. Se abre la posibilidad, también, de invertir en creación de puestos de trabajo, siempre que suponga incremento de la plantilla media de empleados de la empresa.
• Ampliacion de empresas. Se considera ampliación de un establecimiento cuando la inversión tenga como consecuencia el incremento del valor total de los activos del mismo.
• Diversificación de la actividad empresarial, como nuevos productos o líneas de negocio.
• La transformación sustancial en el proceso de producción, como la modernización de los negocios.
• La inversión en suelo es sólo válida en tres determinados casos (promoción de viviendas protegidas para su alquiler, afección a actividades industriales y afección a zonas comerciales y actividades turísticas en áreas en declive).
• La rehabilitación de inmuebles es posible usarla en la RIC, como fórmula eficiente para renovar la planta turística obsoleta. Algunas zonas turísticas concretas están obsoletas y la Administración quiere que sea renovada. Algunas zonas turísticas de Canarias están necesitadas de acometer procesos de renovación y modernización.

PLAN DE INVERSIONES

Una de las novedades más importantes del nuevo reglamento de la RIC, es la obligatoriedad de hacer un plan de inversiones y su presentación en Hacienda, a la hora de hacer cada año la declaración del impuesto de sociedades. Anteriormente, las empresas señalaban la cantidad de beneficios a destinar a la RIC sin detallar en qué se iba a invertir. Ahora, se hace necesario detallar:

• El objeto de la actividad a la que se dedicará la inversión.
• Si se trata de una inversión inicial.
• Los activos e inmovilizados materiales o inmateriales a invertir, con el importe presupuestado o estimado de compra, y la fecha en que se prevé que entrará en funcionamiento.
• Los puestos de trabajo que se van a crear, indicando las categorías profesionales, las variaciones de plantilla, cuántos empleos se crearán, etc.

Se hace un hincapie importante en las inversiones relacionadas con la mejora y protección del medio ambiente; básicamente se refiere a equipos destinados al aprovechamiento de la energía eólica y solar. Este es un aspecto muy importante, pues Canarias tiene una gran dependencia energética del exterior, y aquí el viento y el Sol pueden ser alternativas importantes para generar energía.

CONCLUSION

Ahora esta más claro en qué se puede invertir y en qué no en RIC. Por otra parte, se restringen las inversiones en que se puede invertir en RIC. Se hace necesario, por tanto, asesorarse bien antes de invertir en RIC, pues la equivocación intencionada o por mal asesoramiento pueden ocasionar sanciones muy importantes para las empresas que incumplan la Ley de la RIC.

 
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