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No poder pagar la hipoteca   Marzo 2009
 
José Luis Hernández Socorro Curriculo
Economista. Director de Gestiones.com
 
Casi 60.000 viviendas se han embargado en el año 2008 en España y este año será peor. La falta de pago de una cuota de hipoteca es tratada por cada entidad de forma distinta, aunque lo habitual es que sea la propia sucursal o el director de la misma quien, durante las primeras semanas, se ponga en contacto con el cliente para conocer los motivos del impago y recordarle, amablemente, que debe pagar.

Si la situación se prolonga, los avisos de impago se vuelven más duros y se comienzan a devengar intereses de demora y las comisiones fijadas en la escritura de otorgamiento del préstamo hipotecario, que pueden estar alrededor del 5% ó el 6%

Si, aún así, en un plazo aproximado de tres meses no afrontamos la deuda pendiente, las entidades intensifican sus contactos (ya desde áreas centralizadas) con el primer objetivo de conseguir el pago de las cantidades adeudadas o, en su defecto, plantear un nuevo plan de pagos (con la posibilidad de realizar una nueva hipoteca) que se ajuste a las necesidades de los clientes.

Todo esto lo hacen, porque como bien dicen ellos, no son una inmobiliaria, y no les interesan viviendas (se trasladarían a ellos mismos el problema actual que tú tienes: venderla); ellos solamente quieren su dinero mas los intereses.

En torno a los seis meses sin llegar a un acuerdo es cuando las entidades acuden a la vía judicial, presentando una demanda por impago que, una vez aceptada, da lugar al embargo de la vivienda o, en su defecto, de los bienes presentados como aval (si los hubiera).

Aún no está todo perdido, y el cliente puede todavía presentar un acuerdo de pago (que incluirá las costas judiciales) que detenga el proceso judicial e impida la subasta de sus bienes. Si esta llega a producirse, la entidad obtendrá de dicha subasta el pago de la deuda (incluidos intereses de demora, comisiones, costas judiciales...) y, si sobrase algo, iría a manos del titular.

Es un camino largo, y que ofrece muchas oportunidades de llegar a acuerdos con las entidades que, en general, estarán más por la labor de aceptar una propuesta de refinanciación alargando los plazos para que se adapte a las necesidades del cliente.

Lo mejor es tratar de vender la propiedad aunque sea por menos valor y liquidar al banco lo más que se pueda. Los bancos suelen apreciar y tener en cuenta la honestidad y la sinceridad, y pueden dar facilidades para que las posibles diferencias que puedan haber entre el dinero obtenido por la venta y el que quedase por pagarle al banco, se pueda financiar. En este caso se pagaría por un préstamo por nada, pero siempre es mejor eso que quedar en todas las bases de datos de morosidad y entre ellas el más conocido ASNEF, pues con esa marca difícilmente se podrá conseguir otro préstamo, al menos hasta que quede cancelada la deuda.

Declararse insolvente es muy complicado, ya que si aún subastando la vivienda, el banco no cubre la deuda y las costas judiciales (abogados, procuradores, entre otros) pueden retener la nómina, devoluciones de Hacienda, etc. Lo aconsejable es tratar de buscar soluciones con el propio banco, y ante todo, nunca llegar al embargo o ejecución de la deuda. Es mejor proceder a la venta del piso aún perdiendo dinero, y aunque el importe de la venta no llegue para pagar la hipoteca, ya que si el piso sale a subasta, nos quedaremos igualmente sin la vivienda y además con una importante deuda pendiente, ya que los gastos del proceso de embargo encarecen de forma importante la deuda

Resumen de consejos ante no poder pagar la hipoteca:

1. No dejar de pagar ninguna cuota.
2. La solución no es dejar la vivienda en manos del banco. El papeleo para el remate de una vivienda puede tomar un mínimo de ocho meses, y en ese tiempo lo intereses de la deuda se acumulan. En la actualidad y debido a la caída del mercado inmobiliario, el precio de la casa NO cubre el monto pendiente del crédito.
3. Nunca hay que dejar pasar más de dos cuotas. Al caer en el impago de entre tres y seis cuotas, el banco inicia un proceso de ejecución hipotecaria con el que no reclama las mensualidades atrasadas, sino el monto total de la hipoteca y además de esto las costas judiciales (abogados, procuradores, etc.) van a cargo del deudor.
4. Si el deudor no puede pagar lo estipulado en la ejecución, sólo entonces se cae en la subasta del inmueble. Si el monto de la venta no salda la deudas se puede llegar a otros mecanismos para el cobro, como el embargo de nómina, devoluciones de Hacienda, etc.
5. Vender antes que dejar de pagar. Es preciso agotar todas las instancias antes que enfrentar una ejecución. El mercado ofrece diversas alternativas: la prolongación de la hipoteca, la reunificación de créditos, la refinanciación a otros plazos, etc.

 
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