Comisaría Provincial de Alicante
Oficina de Extranjería en Alicante, Alicante
Ubicación
Trámites disponibles
Esta oficina ofrece 5 trámites. Pulsa en cada uno para ver los requisitos y documentación necesaria.
Cartas de Invitación
La carta de invitación es un documento que acredita que un residente en España invita a un ciudadano extranjero a alojarse en su domicilio. Es uno de los requisitos para solicitar un visado de corta estancia o para justificar el alojamiento al entrar en España.
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud EX-16 cumplimentado y firmado
- DNI, NIE o pasaporte del invitante (original y copia)
- Documentación que acredite la disponibilidad de la vivienda (escritura, contrato de alquiler)
- Datos completos del invitado (nombre, pasaporte, fechas del viaje)
- Empadronamiento del invitante
- Tasa 052 abonada
Consejos
- La carta de invitación no sustituye al resto de requisitos de entrada (seguro médico, medios económicos, etc.)
- El trámite puede tardar varias semanas; solicítalo con antelación suficiente
- Si conviven varias personas en el domicilio, pueden exigir el consentimiento de todos
- Conserva una copia de la carta sellada por la comisaría
Prórrogas de estancia
La prórroga de estancia permite extender la permanencia legal en España más allá de los 90 días iniciales permitidos por el visado de corta duración. Se concede en circunstancias excepcionales como razones humanitarias, fuerza mayor o motivos personales graves.
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud EX-00 cumplimentado y firmado
- Pasaporte en vigor (original y copia)
- Documentación que justifique la necesidad de prórroga
- Seguro médico con cobertura completa en España
- Acreditación de medios económicos suficientes
- Tasa 012 abonada
Consejos
- La prórroga debe solicitarse antes de que expire la estancia autorizada
- Es un trámite excepcional; no se concede de forma automática
- Mientras se resuelve la solicitud, la estancia se considera legal
- No confundir con la prórroga de la autorización de residencia (que es otro trámite)
Solicitudes de Asilo y Refugio
La protección internacional (asilo y refugio) se concede a personas que huyen de persecución o daños graves en su país de origen. España reconoce el derecho de asilo conforme a la Convención de Ginebra y la legislación europea.
Documentación necesaria
- Presentar la solicitud ante la autoridad competente (Policía, frontera u OAR)
- Pasaporte u otro documento de identidad (si se dispone)
- Relato detallado de los motivos de persecución o daño grave
- Cualquier documentación de apoyo (informes médicos, amenazas, noticias)
Consejos
- La solicitud de asilo debe presentarse en el plazo de 1 mes desde la entrada en España
- Durante la tramitación, el solicitante tiene derecho a permanecer en España
- A los 6 meses de la solicitud se puede obtener autorización de trabajo
- Es recomendable contar con asistencia letrada especializada en asilo
Títulos de Viaje y Cédulas de Inscripción
Los títulos de viaje y cédulas de inscripción son documentos que se expiden a extranjeros que no pueden obtener documentación de su país de origen. Permiten viajar al extranjero y acreditar la identidad del titular.
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud correspondiente
- Fotografías recientes tamaño carné
- TIE en vigor o justificante de residencia
- Documentación que acredite la imposibilidad de obtener pasaporte de su país
- Tasa correspondiente abonada
Consejos
- El título de viaje tiene una validez limitada; comprueba las fechas antes de planificar tu viaje
- No todos los países aceptan el título de viaje español como documento válido de entrada
- Consulta en el consulado del país de destino si aceptan este documento
Consejos prácticos
- Solicita la cita previa con la mayor antelación posible, ya que las oficinas de Extranjería suelen tener alta demanda.
- Lleva siempre original y copia de toda la documentación requerida.
- Abona las tasas antes de acudir a la cita; puedes pagar en cualquier entidad bancaria colaboradora.
- Comprueba en la web de la oficina si hay requisitos adicionales específicos para tu trámite.
- Si tu trámite requiere toma de huellas, lleva tres fotografías recientes tamaño carné con fondo blanco.
Preguntas frecuentes
¿Cómo pedir cita previa en Extranjería en Alicante?
Para solicitar cita previa en las oficinas de Extranjería de Alicante debes acceder a la sede electrónica del Ministerio (sede.administracionespublicas.gob.es) o a la plataforma ICPPlus. Necesitarás tu NIE o pasaporte para identificarte, seleccionar la provincia de Alicante y el trámite que deseas realizar.
¿Qué trámites puedo hacer en las oficinas de Extranjería de Alicante?
En las oficinas de Extranjería de Alicante puedes realizar trámites como la expedición y renovación de la TIE, autorizaciones de residencia y trabajo, asignación de NIE, autorizaciones de regreso, cartas de invitación, prórrogas de estancia y solicitudes de régimen comunitario, entre otros. Los servicios varían según cada oficina.
¿Qué documentos necesito llevar a la oficina de Extranjería?
Los documentos varían según el trámite, pero generalmente necesitarás: pasaporte en vigor (original y copia), formulario de solicitud correspondiente (EX-15, EX-17, etc.), fotografías tamaño carné, justificante de pago de tasas y documentación específica del trámite. Consulta los requisitos de cada trámite en esta misma página.
¿Cuánto cuesta hacer trámites de Extranjería?
Las tasas más habituales son la tasa 012 (9,84 €) para certificados y expedición de tarjetas, y la tasa 052 (10,52 €) para autorizaciones de trabajo y residencia. Deben abonarse antes de acudir a la cita en cualquier entidad bancaria colaboradora.
¿Cuántas oficinas de Extranjería hay en Alicante?
Actualmente hay 10 oficinas de Extranjería en la provincia de Alicante, Comunidad Valenciana. En esta página puedes consultar los datos de contacto, horarios y servicios de cada una.
Otras oficinas en la provincia
Comisaría de Elda - Petrer
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C/ Castell D´Olimbroi n.º 5
Comisaría de Benidorm
C/ Apolo XI n.º 36
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C/ Abeto n.º 1